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Ley Beckham: tributación de la indemnización por despido

Ley Beckham: tributación de la indemnización por despido

Los trabajadores desplazados a España pueden tributar por el denominado régimen especial de la ‘’Ley Beckham’’, el cual otorga la ventaja de tributar conforme a la normativa de los no residentes fiscales en España durante los 6 primeros años (en lugar de hacerlo según las reglas del IRPF).

Acogerse a este sistema supone importantes ahorros fiscales, aunque para ello se deben cumplir los requisitos que te detallamos en este otro post: Régimen fiscal especial aplicable a desplazados a España

Ley Beckham e indemnización por despido

Muchas personas se benefician de las ventajas fiscales que otorga la Ley Beckham en España, pero no todas saben las consecuencias que pueden derivar ante un posible despido.

En este escenario, destacamos la consulta vinculante que se le ha presentado a la Dirección General de Tributos, cuya cuestión es la siguiente: si a la indemnización por despido satisfecha a un trabajador acogido al régimen fiscal especial que otorga la Ley Beckham le resultaría aplicable o no la exención regulada en el artículo 7 e) de la Ley del IRPF.

Ante esta duda, la DGT recuerda que:

  1. La aplicación del régimen especial supone la determinación de la deuda tributaria del IRPF con arreglo a las normas establecidas por la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) para las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente con determinadas especialidades.
  2. En este caso planteado a la DGT, a la indemnización por despido no le resulta de aplicación la exención que recoge la Ley del IRPF en relación con las indemnizaciones por despido o cese del trabajador (artículo 7 e.)
  3. Las retenciones en concepto de pagos a cuenta de este régimen especial que otorga la Ley Beckham deben practicarse de acuerdo con lo establecido en la normativa del IRNR.
  4. El porcentaje de retención sobre rendimientos del trabajo será del 24%. Sin embargo, cuando las retribuciones satisfechas por un mismo pagador de rendimientos del trabajo durante el año natural excedan de 600.00 euros, el porcentaje de retención aplicable al exceso será el 47%.

Lo expuesto en este post es una contestación de la Dirección General de Tributos a una situación concreta. A pesar de que se trate de una consulta vinculante, desde GD Global Mobility, recomendamos estudiar cada caso de manera personalizada para analizar y ver las posibles implicaciones fiscales que se pudieran dar.

¿Quieres beneficiarte de la Ley Beckham? Podemos ayudarte

Contamos con un equipo experto en materia fiscal internacional que puede ayudarte y asesorarte para que puedas beneficiarte de las ventajas que otorga la Ley Beckham.

Podemos darte una visión amplia sobre las implicaciones de la aplicación de este régimen:

  • Consideraciones generales sobre la residencia fiscal en España bajo el Régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español.
  • Requisitos para solicitar el régimen.
  • Normas de tributación para el empleado
  • Etc

¿Quieres más información? Contacta con nuestros profesionales.

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