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Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena en España

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¿Eres una empresa que quiere contratar a un trabajador extranjero? En este post tratamos en profundidad uno de los permisos que autorizan a residir y trabajar en España: la autorización de residencia y trabajadores por cuenta ajena.

Permiso para residir y trabajar en España

La autorización inicial de residencia y trabajo en España es una autorización que se utiliza para la contratación de un trabajador extranjero por un periodo superior a 90 días e inferior a 5 años.

Antes de comenzar con los trámites para obtener esta autorización, uno de los principales detalles que hay que tener en cuenta es que la oferta de trabajo en cuestión debe respetar la Situación Nacional de Empleo.

Una de las grandes ventajas que tiene este permiso en concreto es que basta con cumplir las condiciones que marque el convenio colectivo de aplicación. No es necesario demostrar que el trabajador va a cobrar una cantidad mínima de salario como sí ocurre en el caso de las autorizaciones para profesionales altamente cualificados.

¿Quién solicita esta autorización?

La solicita el empleador o empresario para la contratación de un trabajador extranjero no residente.

¿Dónde? En la Subdelegación del Gobierno de la Comunidad Autónoma donde pretende trabajar el empleado extranjero o en las autoridades autonómicas.

¿A quiénes va dirigida?

Esta va dirigida a los trabajadores extranjeros que van a ser contratados localmente por una empresa española.

Esta autorización también la pueden obtener otros interesados como, por ejemplo, los extranjeros titulares de un permiso de estancia por estudios que puedan acreditar la superación con aprovechamiento de los mismos y dispongan de una oferta laboral que cumpla con los requisitos establecidos legalmente por la normativa vigente.

¿Cuánto dura el permiso de residencia y trabajo en España?

La autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena en España tiene una duración inicial de 1 año, con posibilidad de prorrogarla por 4 años más siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos para ello.

La renovación de esta autorización permite el ejercicio de cualquier actividad en cualquier parte de España, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

Requisitos básicos para trabajar por cuenta ajena en España

  • No ser ciudadano de la UE, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No encontrarse de forma irregular en España.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en la normativa española.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar de forma voluntaria a su país de origen.
  • Abonar las correspondientes tasas por tramitación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
  • Que la situación nacional de empleo permita la contratación teniendo en cuenta las excepciones legalmente previstas.

Situación Nacional de Empleo

A la hora de conceder esta autorización, las autoridades españolas exigen la valoración de la situación nacional de empleo debiendo acreditar que la misma permite la incorporación del trabajador extranjero no residente al mercado laboral español.

No obstante, hay determinados supuestos en los que no se exige el cumplimiento del requisito mencionado, por ejemplo, en caso de que el candidato tenga nacionalidad chilena o peruana.

¿Quieres saber más detalles sobre este requisito? Tenemos un post dedicado a la situación nacional de empleo.

Residencia y trabajo en España para chilenos y peruanos

Chile y Perú son dos países que han suscrito convenios internacionales con España a través de los cuales se les permite evitar el tener que cumplir con la obligatoriedad de la valoración de la Situación Nacional de Empleo.

Es decir, el trabajador de nacionalidad chilena o peruana podrá solicitar la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena inicial directamente sin necesidad de acreditar que la Situación Nacional de Empleo permite su contratación.

Requisitos relacionados con la actividad laboral a desarrollar

Además de la documentación acreditativa relacionada con la valoración de la Situación Nacional de Empleo, el empleador debe presentar un contrato de trabajo firmado por el trabajador y por él mismo en el que se garantice al trabajador una actividad continuada mientras dure la vigencia de la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.

En segundo lugar, se debe garantizar que las condiciones fijadas en el contrato se ajusten a las fijadas por la normativa vigente y por el convenio colectivo de aplicación para la misma actividad, categoría profesional y localidad.

¿Qué ocurre si el contrato va a ser a tiempo parcial?

En tal caso, la retribución debe ser igual o superior al salario mínimo interprofesional para jornada completa y en cómputo anual.

En tercer lugar, el empleador debe estar correctamente inscrito en el sistema de la Seguridad Social y estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social.

En cuanto al trabajador, este debe tener la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional que legalmente se exige para desempeñar la profesión para la que va a ser contratado.

Además, otro de los requisitos que se deben cumplir para obtener con éxito esta autorización es que el empleador cuente con medios económicos, materiales o personales suficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas por el contrato laboral. Si el empleador es una persona física, deberán acreditar que cuenta con medios económicos suficientes para atender sus necesidades y las de su familia.

¿Cuál es la cuantía mínima que se exige para esta situación? La cantidad se basa en porcentajes del IPREM en base al número de personas a su cargo, descontando el pago del salario que aparece en el contrato laboral:

  • En caso de que no existan familiares a cargo del empleador, la cantidad debe representar mensualmente el 100% del IPREM.
  • En caso de familias que incluyan dos miembros (contando al empleador solicitante de la autorización), la cantidad debe representar mensualmente el 200% del IPREM.
  • En caso de familias que incluyan más de dos personas (contando al empleador), la cantidad debe representar mensualmente el 50% del IPREM por cada miembro adicional.

¿Qué documentación se debe presentar junto con la solicitud?

A la solicitud de autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena le deberá acompañar una documentación específica:

  • Copia del NIF de la empresa y copia de la escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro correspondiente.
  • Copia del documento público que acredite que el firmante de la solicitud de autorización ostenta la representación legalde la empresa.
  • Copia del NIF o NIE o consentimiento para comprobar los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia del firmante de la solicitud.
  • Original y copia del contrato de trabajo que regirá en la relación laboral firmado por ambas partes.
  • En caso de que proceda, un certificado del SEPE en el que se indique la insuficiencia de demandantes de empleo para cubrir el puesto de trabajo en cuestión.
  • También se deben aportar los documentos que acrediten los medios económicos, materiales o personales de los que dispone el empresario pata su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones que deriven de dicha actividad.
  • Copia del pasaporte completo o documento de viaje del trabajador extranjero
  • Documentación acreditativa de que se tiene la capacitación y (en su caso) la cualificación legalmente exigida para el ejercicio de la profesión para la que el extranjero será contratado.
  • También se deberán presentar los correspondientes documentos que acrediten la concurrencia de un caso específico de no consideración de la situación nacional de empleo (en caso de que el interesado alegue que se encuentra bajo uno de los supuestos en los que no se aplica la situación nacional de empleo como requisito para obtener esta autorización.

A la hora de presentar la documentación es importante conocer que, en el caso de que se aporten documentos de otros países, estos deben estar debidamente traducidos al castellano o a una lengua cooficial del territorio donde se vaya a presentar la solicitud. Además, todo documento público debe estar previamente legalizado.

Debe tenerse en cuenta que, de acuerdo con la normativa española, las autoridades competentes podrán exigir documentación adicional distinta a la detallada.

¿Qué debe hacer el extranjero una vez concedida la residencia por cuenta ajena?

El interesado dispone de 1 mes desde la notificación de la concesión de la autorización al empleador para solicitar de forma personal el visado en la misión diplomática o en la oficina consular correspondiente.

¿Qué debe hacer el extranjero una vez concedido el visado?

Una vez haya recogido el visado, el trabajador extranjero debe entrar en España durante el periodo de vigencia del visado (3 meses). Este visado permite entrar y permanecer en España.

Una vez que el extranjero se haya dado de alta en la Seguridad Social, dispone de un plazo de 1 mes para solicitar de forma personal su Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena

¿Qué se autoriza? Autoriza a residir y a trabajar como empleado extranjero en una empresa en territorio español
¿A qué perfil va dirigido?  Principalmente a trabajadores extranjeros que vayan a ser contratados por una empresa española. También va dirigido a otros perfiles, como por ejemplo a graduados de universidades españolas que tengan en vigor una autorización de estancia por estudios
¿Quién lo solicita? El empleador/empresario, personalmente o a través de representante legal
¿Dónde se solicita? En la subdelegación del Gobierno de la Comunidad Autónoma donde el empleado tiene la intención de trabajar o en las autoridades autonómicas
¿Aplica la situación nacional de empleo No

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