Asesoramiento en el convenio bilateral Seguridad Social
En Global Mobility podemos ayudarte a determinar coberturas complementarias para los trabajadores desplazados, especialmente en los casos en los que la legislación del país de destino exige la suscripción de un contrato laboral local.
Nosotros te asesoramos en función de tu caso particular para implantar el convenio de la Seguridad Social que te corresponda.
En el caso de desplazamientos a aquellos países con los que España no disponga de Convenio Bilateral de Seguridad Social, o bien a países en los que, aun existiendo un Convenio Bilateral, la legislación migratoria de destino exige la suscripción de un contrato de trabajo local, es necesario hacer un enfoque desde normativa local y conocer la forma de actuación determinada por la normativa española con el objetivo de mantener los derechos sociales a futuros de los empleados que van a ser desplazados.
Cuando se exige una suspensión de la relación laboral en origen, la orden ministerial de 1982 permite la posibilidad de suscribir un Convenio Especial en base al cual se pueda complementar, cuando no directamente asegurar, prestaciones sociales futuras, en situación asimilada al alta.
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