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Las claves de la Reforma del Reglamento de Extranjería

Reforma Reglamento Extranjería

La Reforma del Reglamento de Extranjería ya es oficial. El pasado 27 de julio se publicó en el BOE el Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Novedades de la Reforma de Reglamento de Extranjería 2022

Con el objetivo de facilitar la incorporación al mercado laboral de las personas que están en España se han llevado a cabo tres modificaciones esenciales.

1 - Mejora de la norma para favorecer la permanencia de estudiantes

En primer lugar, se adapta la normativa de extranjería con el objetivo de que los estudiantes extranjeros permanezcan en España, incrementando sus posibilidades de trabajar.

En este escenario, la nueva norma permite que los estudiantes compaginen estudio y trabajo siempre que sea compatible con la formación realizada y no se superen 30 horas semanales de tiempo de trabajo.

Novedad importante: La autorización de estancia por estudios autorizará “automáticamente” a trabajar por cuenta propia y ajena, siempre que esta actividad laboral sea compatible con la realización de esos estudios, y se trate de estudios superiores, de una formación reglada para el empleo o destinada a la obtención de un certificado de profesionalidad, o una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación específica.

En el resto de los casos no incluidos en el párrafo anterior, el empleador tendrá que seguir solicitando una autorización para trabajar, tal y como se venía haciendo hasta ahora.

Otra de las novedades importantes es que se eliminan las restricciones que los estudiantes extranjeros tenían a la hora de incorporarse al mercado laboral español. Hasta la entrada en vigor del texto que regula la Reforma del Reglamento de Extranjería, para estos casos era necesaria una estancia de 3 años en España para poder obtener un permiso de trabajo. De igual modo, se podrá solicitar simultáneamente una autorización de residencia para los familiares del estudiante que se encuentren residiendo con el solicitante al momento de la solicitud.

2 - Actualización de las figuras de arraigo y de reagrupación familiar

En relación con la reagrupación familiar, se han aminorado los medios económicos a acreditar por un extranjero para la obtención de una autorización de residencia por reagrupación a favor de sus familiares.

Tal y como venía sucediendo, la autorización de residencia por reagrupación familiar renovada se extiende hasta la misma fecha que la autorización de que sea titular el reagrupante en el momento de la renovación. Pues bien, otra de las novedades importantes que derivan de la Reforma es que esta autorización ahora habilita para trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia, indistintamente de la tarjeta del reagrupante.

También se han producido importantes modificaciones en materia de arraigos.

En cuanto al arraigo laboral, podrán obtener una autorización los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de 2 años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen o en el país o países en que haya residido durante los últimos 5 años, que demuestren la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a seis meses, y que se encuentren en situación de irregularidad en el momento de la solicitud. Es decir, se define y delimita más la figura del arraigo laboral.

Tenemos un post específico (con contenido actualizado tras la Reforma) en el que tratamos ampliamente este tema:

👉 Arraigo Laboral en España y requisitos en 2022

 

Importante: a parte del arraigo laboral, también existe una modalidad distinta de autorización mediante la acreditación de 6 meses de trabajo irregular (no exige tiempo de permanencia previa). Te desarrollamos este tema aquí 👉 Residencia temporal por colaboración con las autoridades

En cuanto al arraigo social, el contrato laboral que se tiene que presentar ya no se valora por su duración, sino por su adecuación al salario mínimo interprofesional.

¿Quieres saber más información sobre el Arraigo Social?

👉 Arraigo Social en España.

3 - Surge una nueva figura: arraigo por formación

La Reforma del Reglamento de Extranjería incluye el nuevo arraigo por formación, que concede una autorización de residencia por un periodo de 12 meses a los extranjeros que han permanecido en España de forma continuada durante un periodo mínimo de 2 años siempre y cuando se comprometan a realizar una formación reglada para el empleo.

Mejoras en la migración regular

La nueva normativa incorpora tres grandes novedades en relación con la migración regular y en la gestión.

1 – Se reducen los requisitos para los trabajadores autónomos procedentes de terceros países.

2 – Se mejoran los trámites de contratación en país de origen a través de la incorporación al Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura de aquellas ocupaciones pertenecientes a los sectores económicos que determinen por acuerdo de la Comisión Delegada de Asuntos Económicos a propuesta del Ministerio de Inclusión y una reducción de plazos.

3 – La normativa también incluye mejoras en la gestión administrativa mediante la reducción de cargas y la creación de la Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería (UTEX) con el fin de agilizar los trámites y homogenizar la aplicación de la normativa de extranjería en todos los territorios.

Otras modificaciones que se han producido

Entre otras, destacamos:

  • Se facilita que un extranjero que trabaja en España pueda renovar y/o modificar su autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. Ahora es más sencillo renovar esta tarjeta.
  • La renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena se hará por un periodo de cuatro años, salvo que corresponda una autorización de residencia de larga duración, y permitirá el ejercicio de cualquier actividad en cualquier parte del territorio nacional, por cuenta ajena y por cuenta propia.
  • Se crea un régimen propio del familiar del ciudadano español que quiere mantener en España su unidad familiar.
  • También se han producido modificaciones en el arraigo familiar.
  • Se facilita la cobertura ágil de las vacantes de difícil cobertura.

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Este post tiene un mero carácter informativo y pretende desgranar las principales modificaciones que ha introducido el Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, por el que se modifica el Reglamento de Extranjería.

Las claves de la Reforma del Reglamento de Extranjería

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