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¿Qué terceros países pueden viajar a la UE este verano?

¿Qué terceros países pueden viajar a la UE este verano?

NUEVA ACTUALIZACIÓN: España prorroga el cierre parcial de fronteras hasta el 30 de noviembre. Visita este post para conocer las restricciones de viajes no esenciales a la Unión Europea: Cierre de fronteras hasta el 30 de noviembre

Ofrecemos la lista actualizada de países que pueden entrar en la Unión Europea. Aproximadamente, cada 15 días, la UE ofrece una lista de terceros países cuyos residentes quedan exentos de las restricciones de viajes no esenciales a la Unión Europea. ¿Qué países han quedado excluidos?

Restricción de los viajes no esenciales a la Unión Europea 

Echando la vista atrás, hay que destacar momentos importantes: el 16 de marzo la Comisión emitió una Comunicación en la que recomendaba una restricción temporal de los viajes no esenciales desde terceros países a la UE.

Días más tarde, el 26 de marzo de 2020, los jefes de Estado o de Gobierno de la Unión europea acordaron aplicar dicha restricción como consecuencia de la pandemia de COVID-19.

El 30 de junio 2020 se adoptó la Recomendación UE 2020/912 del Consejo sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la Unión Europea y el posible levantamiento de dicha restricción. En ella, se establecía un listado de terceros países cuyos residentes quedaban exentos de las restricciones vigentes hasta entonces, así como una lista de nuevas categorías de personas exentas también de dichas limitaciones, independientemente de su lugar de procedencia.

Posteriormente, el 16 de julio, el Consejo de la Unión Europea adoptó una nueva Recomendación variando el anterior listado de países, suprimiendo a Serbia y Montenegro por el empeoramiento de su situación epidemiológica. Tan solo 14 días más adelante, el 30 de julio, el Consejo también suprimió de la lista a Argelia. En una tercera revisión periódica el día 7 de agosto, la UE excluyó a Marruecos de la reducida lista de países terceros a los que abrió su frontera exterior el pasado mes de julio. El grupo de destinos autorizados queda limitado a 11 países (con un pequeño asterisco sobre China, como veremos a continuación)

En lo que se refiere al listado de terceros países, el levantamiento de restricciones no se debe considerar de efecto inmediato, sino que en todo momento seguirán sometiéndose a criterios de progresividad y reciprocidad. Tras la última modificación hecha en la Recomendación del Consejo, se incluye a continuación el listado completo de países cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la UE.

Lista de países que pueden viajar a la Unión Europea

A día 16 de septiembre, los países que pueden entrar a la UE son los siguientes:

1. Australia

2. Canadá 

3. Georgia

4. Japón 

5. Nueva Zelanda

6. Ruanda

7. Corea del Sur

8. Tailandia

9. Túnez

10. Uruguay

11. China (el paso queda condicionado al principio de reciprocidad)

 El cuadro de los terceros países que pueden entrar en la UE, actualizado a día 16 de septiembre, es el siguiente:

restriccion-temporal-viajes-union-europea

 

Esta lista se irá actualizando conforme a las directrices del Consejo de la UE 

Por otro lado, la Recomendación establece exenciones a la aplicación de estos criterios de denegación de la entrada a los nacionales de terceros países. Puedes ver una lista y leer más información en nuestro post: Restricción de viajes de la Unión Europea y exenciones 

Criterios para la selección de terceros países

Para la elección de estos países, se tuvieron en cuenta criterios como la situación epidemiológica y medidas de contención de éstos, así como consideraciones económicas y sociales que se aplicaron de forma acumulativa. En concreto, para la elección de estos primeros Estados se ha tenido en cuenta:

  • “Una cifra próxima o inferior a la media de la UE, de nuevos casos de COVID-19 por 100 000 habitantes en los últimos catorce días;
  • Una tendencia estable o descendente de aparición de nuevos casos durante ese mismo período en comparación con los catorce días anteriores; y
  • La respuesta global a la COVID-19, teniendo en cuenta la información disponible sobre aspectos como la realización de pruebas, las medidas de vigilancia, el rastreo de contactos, la contención, el tratamiento y la notificación de los casos, así como la fiabilidad de la información y las fuentes de datos disponibles y, de ser necesario, la puntuación media total en todas las dimensiones del Reglamento Sanitario Internacional (RSI). Asimismo, debe tomarse en consideración la información facilitada por las Delegaciones de la UE a partir de la lista de control que figura en el anexo de la Comunicación de 11 de junio de 2020”.

El factor decisivo para decidir si se aplicaba la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE a un nacional de un tercer país fue la residencia en ese tercer país respecto del que se hubieran levantado las restricciones y no la nacionalidad.

Cada dos semanas, el Consejo revisará y actualizará, en su caso, la lista de países terceros enumerados anteriormente. Las restricciones de los viajes podrán levantarse o reintroducirse (total o parcialmente) para uno de esos países en función de los cambios que se produzcan en alguna de las condiciones mencionadas inicialmente.

Si necesitas más información, contacta con nuestros expertos en movilidad internacional.

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