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Prórroga automática de autorizaciones de residencia y trabajo

Prórroga automática de autorizaciones de residencia y trabajo

Se ha publicado la Orden SND/421/2020, de 18 de mayo, por la que se prorrogan automáticamente las autorizaciones de residencia y trabajo de los extranjeros en España. También se prorrogan la validez de las tarjetas de familiar de ciudadano de la Unión y las tarjetas de identidad de extranjero concedidas en base a una residencia de larga duración.

Prórroga automática de autorizaciones de residencia y trabajo

La prórroga se produce desde el día siguiente de la caducidad de la autorización hasta que transcurran seis meses desde la finalización del estado de alarma, teniendo en cuenta que se acaba de aprobar en el Congreso la prórroga del estado de alarma durante 15 días más, hasta el 7 de junio.

Esta medida se aplicará con independencia de que se hayan presentado solicitudes de renovación, prórroga o modificación con anterioridad a la entrada en vigor de la citada Orden, siempre y cuando las mismas no se hayan resuelto expresamente, y salvo que la resolución que recaiga en el procedimiento iniciado fuera más favorable para el interesado, en cuyo caso esta prórroga automática quedará sin efecto.

Dotar de seguridad jurídica

La normativa de extranjería impone al extranjero el deber de renovar su autorización de residencia y/o trabajo cuando esta es temporal. No obstante, debido a la situación de excepcionalidad que estamos viviendo, se está produciendo la imposibilidad de presentar las solicitudes de renovación de las autorizaciones de residencia y/o trabajo, lo que genera una gran inseguridad jurídica tanto para los extranjeros que se hallan en España, como para los empleadores y resto de operadores sociales y económicos.

Con esta prórroga se pretende evitar que, una vez levantado el estado de alarma, muchos extranjeros puedan encontrarse en una situación de irregularidad sobrevenida, con las consecuencias que ello conlleva.

De igual forma, se prorroga la validez de las tarjetas de familiar de ciudadano de la Unión y las tarjetas de identidad de extranjero concedidas en base a una residencia de larga duración.

Otras prórrogas concedidas: estancias y visados de larga duración

Por otro lado, y, con el mismo objetivo de reforzar la seguridad jurídica, se regulan ciertos aspectos relativos a la prórroga de las situaciones de estancia y ciertos visados de larga duración que se prorrogan automáticamente, en estos casos, por un periodo de tres meses tras la finalización del estado de alarma.

Protección de extranjeros residentes en España

Para evitar que la crisis del COVID-19 tenga repercusiones en su estatus regular en el país, se habilita que los extranjeros residentes en España que no se encuentren en el territorio nacional y cuyas autorizaciones de estancia o de residencia, o visados de larga duración caduquen durante la vigencia del estado de alarma, puedan entrar en España con su documento de viaje válido a tales efectos y la Tarjeta de Identidad de Extranjero o visado caducado.

Por último, se prevé que las ausencias del territorio español ocasionadas por el COVID-19 no computarán para la continuidad de la residencia, así se pretende evitar que la imposibilidad de regresar a España por el cierre de fronteras perjudique su estatus regular en el país.

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