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Nuevas reglas para los trabajadores desplazados

Nuevas reglas para los trabajadores desplazados

Un trabajador desplazado es aquella persona que trabaja desde otro país de forma temporal.

Directiva europea y trabajadores desplazados 

La Directiva (UE) 2018/957 modifica algunos aspectos de la Directiva 96/71/CE , y redefine así la legislación europea que rige en materia de Posted Workers, con el objetivo de garantizar los derechos de los trabajadores desplazados en el contexto de la libre prestación de servicios establecida por los principios fundacionales de la Unión.

Ampliación de información actualizada a mayo de 2021: El Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, incorpora a la normativa española, entre otras, la Directiva (UE) 2018/957. Pincha aquí para conocer más información: Novedades sobre trabajadores desplazados

Salario equivalente

Así, si la Directiva del año 96 garantizaba a los trabajadores desplazados en el marco de la UE las condiciones aplicables, por ley o por convenio, en el Estado miembro de acogida en relación con una serie de materias tasadas, entre otras, el salario mínimo, incluido el incremento por horas extraordinarias, la Directiva de 2018 ahonda en este propósito. Por ejemplo, estableciendo una remuneración equitativa en las mismas condiciones que los trabajadores locales.

“Salario equitativo”, se desprende de la Directiva, no significa “igual salario”, porque para su comparación con la remuneración exigida en el Estado miembro de acogida no se deben tener en cuenta aquellos conceptos salariales abonados al objeto de compensar los gastos que el propio desplazamiento ocasiona, como pueden ser el reembolso o la compensación de los gastos de viaje, comida y alojamiento.

Desplazamientos superiores a 1 año

La nueva directiva igualmente establece que, si el desplazamiento es superior a 12 meses (o 18 meses, si se comunica dicha prórroga), deberán aplicarse todas las condiciones de trabajo aplicables según la legislación laboral en el país de destino, y no sólo las tasadas en la Directiva, con las únicas dos excepciones:

  • las relativas a las formalidades de celebración y extinción del contrato de trabajo, y;
  • los regímenes complementarios de jubilación.

En la práctica, esto implica que los trabajadores desplazados por periodos superiores a los 12 meses pasan a integrarse enteramente en la legislación laboral de destino, y las empresas que los desplazan debería cumplir todo lo establecido por dichas legislaciones, convenios colectivos, etc.

Obligaciones para las empresas que desplacen a trabajadores

Finalmente, se establecen una serie de requisitos administrativos y medidas de control para las empresas que desplacen a trabajadores, adicionales a los ya contemplados en la Directiva del 96, como eran la obligatoriedad de comunicar los desplazamientos a las autoridades laborales en destino.

En particular, la empresa que desplace un trabajador deberá identificar, en su comunicación de desplazamiento, a un representante a efectos de interlocución con la autoridad laboral competente del Estado miembro de acogida.

Los viajes de negocios, excluidos

Según la guía elaborada por la Comisión sobre preguntas y respuestas para la aplicación de esta Directiva, los trabajadores enviados temporalmente a trabajar en otro Estado miembro, pero que no prestan servicios en él, no son considerados trabajadores desplazados. Se refiere al caso de los trabajadores que realizan desplazamientos profesionales para asistir a reuniones, formaciones, conferencias y ferias.

Si quieres obtener más información, no dudes en contactar con nuestro servicio de políticas de expatriación y desplazamiento de trabajadores

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