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Entrada en España de parejas no registradas de ciudadanos UE

Entrada en España de parejas no registradas de ciudadanos UE

El Ministerio de Asunto Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha publicado folletos informativos sobre el procedimiento para la entrada en España de Parejas no registradas de ciudadanos de la UE en época de Covid-19.

El extranjero que quiera entrar en España para visitar o residir con su pareja tendrá la opción de acudir a la Oficina Consular correspondiente y presentar pruebas que acrediten documentalmente que se trata de una pareja estable y duradera, asimilable a una pareja de hecho:

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Una vez presentada la documentación y siempre que la valoración sea positiva, obteniendo el visto bueno del Ministerio de Interior, la Oficina Consular emitirá un certificado de apoyo para que el extranjero pueda presentarlo en la aerolínea con la que vaya a viajar. No obstante, la decisión final sobre el cumplimiento de los requisitos la harán las autoridades migratorias en el control de entrada.

¿Qué documentación puedo presentar?

La documentación a la que hace referencia el Ministerio de Interior es un listado no exhaustivo que transcribimos a continuación:

1. Prueba de que el extranjero viaja con el comunitario o a reunirse con él: billetes de avión conjuntos, acta de manifestaciones ante notario del comunitario, etc.

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2. Prueba de la relación estable y duradera (lista no exhaustiva y no excluyente de documentos):

  • documentos de autoridades locales de los cuales se pueda desprender la existencia del vínculo duradero (apostillados o legalizados).
  • documentos de autoridades u organismos españoles: acreditación de cita previa para contraer matrimonio en España, inscripción en el padrón, etc.
  • contratos de alquiler conjuntos, titularidad conjunta de cuentas bancarias, facturas conjuntas, titularidad de bienes en común, invitaciones a eventos familiares como bodas, etc.

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Del mismo modo, el Gobierno de España ha publicado las medidas de prevención frente al Covid-19 para toda persona que quiera viajar a España. En este post puedes obtener más información: Controles sanitarios y documentales al entrar en España. A modo de resumen, será obligatorio rellenar un Formulario de Control Sanitario a partir de las 48 horas antes del vuelo. Una vez enviado dicho formulario, el extranjero recibirá un correo con un código QR que le permitirá acceder al aeropuerto destino. Deberá llevarlo impreso o en el teléfono móvil. ​ Ya en el aeropuerto, deberá mostrar el código QR que será escaneado en el control sanitario para poder acceder al terminal y a recoger su equipaje.

Si necesitas más información, contacta con nuestros expertos en movilidad internacional.

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